lunes, 12 de septiembre de 2011

LA ETICA DE LAS TOMAS UNIVERSITARIAS


Me han dicho que no hay que enganchar con los comentarios críticos de los lectores de blogs. Creo, sin embargo, en el intercambio razonado de opiniones, aunque estoy consciente que sólo una escasa minoría lo practica.

En todo caso, escribo ahora pues se me ha tachado de inconsecuente porque yo, siendo "jurista" (calificativo empleado por mis críticos) y habiendo sido co-director del Centro de DD.HH. haya apoyado una "medida de fuerza" como la toma de los Estudiantes de Derecho de la Escuela de Derecho de la U. de Chile, en 2009.

Estrictamente, escribí en el anterior blog que "apoyé las demandas" de los alumnos en toma, pero no formulo esta precisión para rectificar mis propios dichos. De hecho, pienso que sí hay fundamentos para sostener la legitimidad ética de dicha toma, aunque haya también bases para discrepar.

Primero, los hechos: La toma de los alumnos de derecho buscaba cambios de fondo en la conducción de la Facultad y veía cerradas las avenidas institucionales. El movimiento fue disciplinado, reflexivo y pacífico. Sin negar que el mismo hecho de la toma es una medida extrema, por mucho que una tradición la haya establecido como una forma límite de presión universitaria, no creo baste con llamarla "medida de fuerza", como si ese calificativo fuese una carta comodín que acaba con la discusión.

No obstante, aunque dicha toma pudiera calificarse como acto de fuerza, pienso que hay cinco criterios éticos para, mirados conjuntamente, decidir si una medida extrema es o no legítima. Por "medida extrema" entiendo, desde luego, el empleo de la fuerza (sea bélica, policial o entre particulares), pero también calzan dentro de esta noción medidas excepcionales como represalias comerciales, restricciones impuestas en razón de una emergencia o el castigo penal, entre otras.

Los cinco criterios éticos son los siguientes:

(a) Que una autoridad legítima disponga la medida extrema. Si tal autoridad no existe, no funciona o se cierra sin razones a justas demandas, toca a la comunidad respectiva decidir.

(b) Que haya una causa justa y de gran importancia.

(c) Que exista una intención recta, esto es, que la medida extrema se adopte para tratar enfrentar un problema grave, no para fines espurios e inconfesados.

(d) Que la medida sea un último recurso, porque ya se agotaron otras alternativas o éstas no se hallaban disponibles.

(e) Que la medida extrema sea "proporcional", es decir, que los daños que previsiblemente se puedan causar al aplicarla no sean mayores que los males que se procura remediar.

Pienso que la toma de la Escuela de Derecho de 2009 cumplía con estos requisitos, salvo el cuarto, del "último recurso", que es debatible. Opino también que dicho movimiento habría anticipado un malestar estudiantil que este año se desplegó multitudinariamente. Y estoy convencido que las autoridades universitarias o políticas difícilmente se deciden a enfrentar problemas complejos y de larga y costosa solución si no suenan a rebato las campanas de la urgencia.

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